Licencia turística en la Comunitat Valenciana: lo que necesitas en 2026
Para alquilar tu vivienda por días en Altea, Albir, Calpe o Dénia tienes que inscribirla como vivienda de uso turístico. Te contamos los pasos, lo que pide la vivienda y lo que ha cambiado, con las fuentes oficiales.
Nosotros no tramitamos la licencia: te ayudamos a tenerla clara. Esta guía es informativa y la normativa cambia a menudo, así que confirma siempre lo último con tu ayuntamiento y con Turisme Comunitat Valenciana.
Qué es una vivienda de uso turístico
- Una vivienda completa que se alquila por días: como máximo 10 días seguidos al mismo huésped. Las estancias de 11 días o más ya no son turísticas.
- Se alquila entera: el alquiler por habitaciones está prohibido.
- Necesita un informe municipal de compatibilidad urbanística favorable.
Los tres pasos
- Informe municipal de compatibilidad urbanística. Lo emite tu ayuntamiento, que comprueba si su planeamiento admite viviendas turísticas en esa zona y en ese edificio.
- Declaración responsable ante Turisme Comunitat Valenciana. Declaras, entre otras cosas, la referencia catastral propia de la vivienda, la licencia de ocupación o equivalente, un seguro de responsabilidad civil que cubra la actividad turística, el certificado energético, el alta en el registro de viajeros y el periodo del año en que la vas a alquilar.
- Inscripción en el Registro de Turismo. Se hace por internet, con firma electrónica, y es gratuita. Te dan un número con el formato VT-000000-X, que tiene que aparecer en todos tus anuncios. Según la ficha oficial del trámite, si la Administración no contesta, se entiende denegada.
Anunciar la vivienda sin su número de registro es una infracción grave, con multas de 10.001 a 100.000 euros.
Si la vivienda está en un edificio con comunidad
Desde el 3 de abril de 2025 hace falta la aprobación expresa de la comunidad de propietarios: tres quintos de los propietarios que, a la vez, sumen tres quintos de las cuotas. Con esa misma mayoría, la comunidad puede subir hasta un 20 % los gastos de la vivienda turística.
Desde el 3 de julio de 2026, la declaración responsable tiene que decir que tienes ese acuerdo.
Si ya alquilabas legalmente antes del 3 de abril de 2025, puedes seguir: los acuerdos posteriores de la comunidad no son retroactivos.
Cuánto dura, y qué pasa si compras o heredas
La inscripción dura 5 años. Para renovarla hace falta una declaración nueva y un informe municipal nuevo y favorable.
Las viviendas inscritas antes del 8 de agosto de 2024 tienen 5 años desde esa fecha, así que sus renovaciones empiezan en agosto de 2029.
Si compras una vivienda turística después del 8 de agosto de 2024, la inscripción no pasa contigo: necesitas una declaración y un informe municipal nuevos. Si la heredas, basta con una declaración de modificación.
Lo que tiene que tener la vivienda
- Un teléfono de atención las 24 horas e instrucciones de emergencia en varios idiomas.
- Climatización y calefacción, al menos en el salón.
- Internet, televisor, lavadora y botiquín, con alguna excepción.
- Ascensor, si el edificio tiene más de planta baja y cuatro alturas.
- Limpieza y ropa de cama a cargo del titular.
- Camas supletorias: como máximo la mitad de las plazas fijas. Las cunas no cuentan.
- La placa con el número de registro, visible en la entrada, y hojas de reclamaciones.
- Nada de cajas de llaves en la calle: están prohibidas.
Las viviendas que ya estaban inscritas tienen hasta el 8 de agosto de 2029 para adaptarse.
Registro de viajeros
Desde el 2 de diciembre de 2024, los datos de cada huésped se comunican al Ministerio del Interior (SES.Hospedajes) en las 24 horas siguientes a la reserva y a la entrada. Si gestionamos tu vivienda, lo hacemos nosotros en tu nombre.
El número en Airbnb y Booking
El número que tiene que aparecer en tus anuncios es el del Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana (VT-…). Desde el 20 de mayo de 2026, una norma europea obliga a las plataformas a pedir el número de registro allí donde exista un procedimiento de registro.
El número estatal del registro único de arrendamientos, que se pedía desde julio de 2025, lo anuló el Tribunal Supremo en mayo de 2026. Comprueba qué te pide cada plataforma al publicar el anuncio.
¿Hay tasa turística?
No. En la Comunitat Valenciana no hay tasa turística en 2026: la que se aprobó en 2022 se derogó en 2023, antes de aplicarse.
Si no vives en España: impuestos
Lo que factures por el alquiler tributa en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (modelo 210): un 19 % si resides en la UE, Islandia, Noruega o Liechtenstein, y en ese caso puedes descontar los gastos ligados al alquiler; un 24 % sobre el ingreso íntegro si resides fuera, también en el Reino Unido.
La declaración es anual: si sale a pagar, los ingresos de 2026 se declaran del 1 al 20 de abril de 2027. Es una orientación: confírmalo con tu asesor fiscal.
Lo que dice cada pueblo
Cada ayuntamiento decide dónde admite viviendas turísticas nuevas. Esto es lo que dicen hoy las normas de los pueblos donde trabajamos; antes de comprar o de pedir el informe, confírmalo en tu ayuntamiento.
Altea
Tiene ordenanza propia desde julio de 2026 (BOP n.º 121, de 1 de julio). No admite viviendas turísticas nuevas en el casco histórico, Clot de Mingot, Piteres, Carrer La Mar, el Ensanche y la fachada marítima, salvo rehabilitación de patrimonio tradicional. En el resto fija topes de 4 u 8 viviendas turísticas por cada 100 inmuebles según la zona, y un máximo de 12 por cada 100 viviendas en todo el municipio.
Albir (l'Alfàs del Pi)
El Ayuntamiento suspendió en 2024 los informes de compatibilidad para viviendas turísticas, como máximo durante dos años, mientras prepara una ordenanza. El texto de 2026 regula por tipo de edificio: en bloques y adosados, solo el edificio entero o con acuerdo de la comunidad; en chalés aislados, con distancias a los lindes; y nada en pareados. Su aprobación definitiva estaba prevista para el pleno de septiembre de 2026: comprueba si ya está en vigor.
Calpe (Calp)
No hemos encontrado una ordenanza propia de viviendas turísticas. Sí ha frenado la conversión de locales en viviendas y tramita un cambio del plan general para impedir viviendas en las plantas bajas de los edificios. Pregunta en el Ayuntamiento por tu zona antes de empezar.
Dénia
Aprobó en agosto de 2026 su ordenanza de viviendas turísticas: hasta un 25 % de nuevas altas en la franja entre el Camí del Llavador y la playa, y como máximo un 1 % en las zonas residenciales protegidas. Comprueba su publicación y su entrada en vigor.
Cómo te ayudamos
No hacemos el trámite, pero antes de empezar revisamos contigo qué necesita tu vivienda y en qué orden. Y si ya tiene su número, nos ocupamos de todo lo demás: anuncios, precios, huéspedes, limpieza y el registro de viajeros.
Fuentes oficiales
- Ley 15/2018, de turismo, ocio y hospitalidad de la Comunitat Valenciana (BOE)
- Decreto-ley 9/2024 de la Generalitat, que reformó la Ley 15/2018 (DOGV)
- Ley 3/2026 de la Generalitat Valenciana (BOE)
- Inscripción de viviendas de uso turístico: ficha del trámite (GVA)
- Ley de Propiedad Horizontal, artículos 7.3 y 17.12 (BOE)
- Real Decreto 933/2021, registro de viajeros (BOE)
- Sentencia del Tribunal Supremo 620/2026 sobre el registro único (BOE)
- Reglamento (UE) 2024/1028 sobre alquileres de corta duración
- Ayuntamiento de Altea: ordenanza de la vivienda de uso turístico
- Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi: suspensión de los informes (DOGV, 2024)
- Ayuntamiento de Calp: locales que pasan a vivienda
- Ayuntamiento de Dénia: ordenanza de viviendas turísticas
- Agencia Tributaria: alquiler de inmuebles de no residentes





